Irlanda obligará a Google, Meta y ByteDance, a prohibir no solo el contenido ilegal, sino también el dañino en sus redes sociales, para garantizar la seguridad de los usuarios.
El Código recién aprobado será de obligado cumplimiento a partir de noviembre para las plataformas de compartición de vídeo ‘online’ con sede en Irlanda, es decir, redes sociales como TikTok, YouTube e Instagram, por citar algunas de las más populares.
«Requiere que estas plataformas restrinjan ciertas categorías de vídeos y contenido asociado, de modo que los usuarios no puedan cargar ni compartir los tipos más dañinos», señala la comisaria de Seguridad Online, Niamh Hodnett, en nombre de Coimisiún na Meán.
Esta normativa mantiene la línea recogida por la Ley de Servicios Digitales de la UE, y atiende al contenido de acoso, que promociona trastornos de la alimentación, promueve la autolesión o el suicidio o incita a la violencia y al odio. También a los retos virales peligrosos y restringe, asimismo, contenido criminal como el material de abuso sexual infantil, el terrorismo, el racismo y la xenofobia.
Exige, además, que las plataformas implementen un mecanismo efectivo de verificación de la edad, «según su tamaño y naturaleza, para proteger a los niños de vídeos y contenidos asociados que puedan perjudicar su desarrollo físico, mental o moral».
Las redes sociales también deberán facilitar a los padres las herramientas con las que puedan controlar el contenido que ven sus hijos, con quién contactan y el tiempo que pasan en estos servicios. Y a los usuarios en general, herramientas para denunciar la presencia de contenidos no ilegales y dañinos.
De esta forma, responsabiliza a las plataformas digitales de proveer a los usuarios de los sistemas y herramientas necesarios para garantizar lo estipulado por la normativa, con el objetivo de «proteger al público en general y a los niños del contenido» referido.
La normativa también se fija en los sistemas de recomendación de contenido, que amplifican determinados contenidos con el apoyo de un algoritmo, pero, como recogen en TechCrunch, se limitan en este ámbito a la Ley de Servicios Digitales de la UE.