Desde julio de 2023 se ha abierto un proceso para acreditar que una empresa es formalmente una startup.
Hasta la fecha, ese concepto de empresa emergente resultaba poco concreto y planteaba problemas en la asignación de ayudas o a la hora de realizar estudios sobre este sector.
A partir del 20 de julio de 2023, y gracias a la Orden PCM/825/2023, ya es posible solicitar la certificación empresarial que cataloga una pyme como empresa emergente, con el fin de poder obtener el certificado startup correspondiente y acceder a las ayudas previstas en la Ley 28/2022.
Esta orden habilita una ventanilla electrónica a través del portal de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), que también permite el registro previo.
Las primeras estimaciones del Gobierno señalan que hay al menos 10.000 pymes en España —y unos 150.000 puestos de trabajo— que podrían beneficiarse de las ayudas de la Ley 28/2022 al acreditarse como startups dentro del portal de ENISA.
A las condiciones que establecía la Ley 28/2022 se suman algunas características extra reflejadas en la Orden PCM/825/2023 y que califican a la empresa como innovadora. La empresa deberá cumplir al menos una:
- Un mínimo del 15 % de los gastos debe haberse destinado a desarrollo e innovación tecnológica.
- Haber recibido alguna ayuda previa para el desarrollo de proyectos de I+D+i o de emprendimiento innovador en los últimos tres años.
- Informe positivo del Ministerio de Ciencia e Innovación para determinar el grado de innovación.
- Acreditar el tener contratado personal de investigación.
- Haber sido clasificada previamente como Pyme Innovadora, del Ministerio de Ciencia e Innovación; como Joven Empresa Innovadora, de AENOR; o Pequeña o Microempresa Innovadora, también de AENOR.